CONSIGNAS DEFINITIVAS PARA TP FINAL / CLASES DE EZEQUIEL – FECHA DE ENTREGA 11/11/2018 (POR MAIL – ESINGMAN2@GMAIL.COM)
1.- Conceptualice el Poder, su ejercicio y el rol de la Constitución según la Teoría del Derecho Constitucional clásico. Luego contraponga a la misma, la concepción que del Poder y del rol del derecho (constituciones y demás textos legales) nos aporta Michel Foucault en las primeras dos clases de “Defender la Sociedad”, en 1976.
2.- ¿Por qué el texto de Pisarello se llama “Un largo Termidor”?. Para explicarlo explique cuáles fueron las ideas contrapuestas y las fuerzas en pugna al desarrollarse las revoluciones que dan origen al constitucionalismo (Gran Bretaña, Francia y Estados Unidos). ¿Cómo quedaron configurados finalmente los textos fundamentales y qué rol cumplieron finalmente las instituciones de gobierno según el autor del libro y lo conversado durante la cursada?
3.- Qué paralelismo puede esbozar entre el pensamiento y acto de los Levellers en Inglaterra y los Jacobinos en Francia? ¿Cuáles eran las concepciones del Derecho en cada caso? ¿Qué consideración político/social piensan uds. que se elabora en nuestra actualidad respecto de dichos movimientos revolucionarios?
4.- ¿Quiénes fueron los intelectuales orgánicos en cada uno de los países y períodos? ¿Cuáles fueron sus ideas-fuerza que permitieron en cada caso aportar un capital de legitimidad simbólica a los proyectos políticos que se impusieron y/o fracasaron?
5.- ¿Por qué decimos que los Derechos Sociales y el Constitucionalismo Social nace al inicio de las revoluciones burguesas y la instauración de las primeras repúblicas ó gobiernos parlamentarios? ¿Y por qué a pesar que esas ideas existieron desde un principio, no pudieron consagrarse recién unos cien años después? ¿Se encuentras dichos consolidados en nuestra contemporaneidad?
6.- ¿Qué elementos particulares encontramos en 1848 que no aparecieron en los hechos revolucionarios anteriores? ¿Cómo lo describe Tocqueville? ¿Y cómo lo describe Marx? Esto último no lo charlamos en clases, pero si se animan, pueden hacer la comparación.
16.09.2018
Chicos, a pedido del Prof. Javier Ayala, adjunto un cuestionario de auto evaluación:
Queridos alumnos, a continuación ponemos a disposición parte del material con el que trabajaremos en el curso. Se agregarán otros textos, fallos y leyes conforme avance el desarrollo de temas.
El curso está a cargo del Prof. Javier Ayala. Lo ayudan el Prof. Ezequiel Singman (quien escribe) y otros docentes que presentaremos en su debido momento.
Conforme avance la cursada, les iremos indicando cuáles de estos materiales deberan leer. También incorporaremos nuevos textos que surjan de la interacción en clases. Si quieren ver de qué hablamos los cuatrimestres pasados, vean las entradas:
Resumen de la clase del Viernes 19/10/2018 y continuación próximos tres viernes…
Bueno, recapitulamos lo de hace un rato:
Trabajamos las primeras preguntas del TP. Las que tienen que ver con lo que llamamos “concepto histórico de constitución” y los orígenes de la coparticipación.
En cuanto al concepto histórico de Constitución, lo importante es que entiendan que tienen que lograr una definición de Constitución entendida no como el resultado de un pensamiento racional abstracto, sino como la resultante de una correlación de fuerzas en un proceso más complejo que tiene que ver con la construcción de una Nación.
Tienen que trabajar en los orígenes, desde 1810/1816. La definición de una forma de gobierno junto con el desmembramiento de las provincias, la pelea con Brasil, los intereses británicos y la inestabilidad en España. La misma que ilusionó con Fernando VII como símbolo de la modernidad y el progresismo y que motorizó lo que se denominó “el juntismo”. Y que dio origen a nuestro primer gobierno Patrio ó Primera Junta.
Ya en ese entonces la pelea estuvo centralizada en el control del puerto y la libre navegación de los ríos para el interés de las potencias extranjeras (Gran Bretaña sobre todo).
El estudio debe guiarlos hasta 1853. No es solo el Pacto Federal de 1831, como vi que muchos resaltaron porque estaba mencionado en la pregunta. Porque ese pacto también es el resultado de una correlación de fuerzas, que es la Guerra Unitarios-Federales 1828-1830. Y no es casualidad que la misma ocurriera justo después de las caídas de Rivadavia y la Constitución Unitaria de 1826 por un lado y la de Dorrego y el Gobierno Federal (popular) de la Pcia. de Buenos Aires. Ambos dos representaron visiones antagónicas de un país que nunca pudo consolidar un proyecto común.
Después llegarán los tiempos de Rosas, gran estratega y articulador de alianzas e intereses estratégicos. Y hacia el final de su mandato, la traición de Urquiza que abrió el camino hacia una Constitución, después de la Batalla de Caseros. Para ese entonces la Argentina ya era un país desarrollado, con un Estado con mayores funciones a cargo del gobierno central. Pero con provincias también desarrolladas, con más funciones y con recelos respecto del poder central.
El caciquismo ó caudillismo que encabezaron los gobernadores siempre chocó con los intereses de la metrópoli y su puerto. Esa disputa territorial no perdió vigencia. Los Federales después serían los Populares. Y los Liberales/Conservadores unitarios de Buenos Aires serán el pensamiento hegemónico que sentará las bases de la Nación.
Cuando finalicen este recorrido con sus párrafos genuinos que expresen haber comprendido algo de todo esto, anímense a componer una definición de constitución propia, que sea la conclusión de vuestro propio desarrollo intelectual.
Y continúen leyendo hasta el final, donde verán recomendaciones a otros textos.
PAUSA
Indefectiblemente luego seguimos trabajando con Coparticipación. ¿Y por qué?
Bueno. Tal vez porque la Coparticipación no es otra cosa que la continuación de la guerra por otros medios. Así como vimos con Foucault que la política es la continuación de la guerra por otros medios, la coparticipación en este caso vendría a representar a la política.
Aquí empezamos a ver cómo fue la primera organización de hecho del sistema impositivo y luego, como éste se convirtió en algo anárquico después de la crisis económica de 1890. Y llegamos a 1935 con la primera ley. Hablamos de las nuevas funciones del Estado. Del cambio de paradigma respecto del libre cambio vs. la intervención estatal y la planificación de la economía. Hablamos de la Burocracia y las agencias estatales como nuevo actor independientemente de la burguesía (capital) y el trabajo organizado.
Material para Coparticipación, les dejo aquí, actualizado a 2018.
Les pido por favor me indiquen quienes vinieron hoy y si trajeron o no el trabajo. Creo que todos trajeron, pero como para tener un registro.
Les pido la clase del viernes que vienen vengan con sus trabajos modificados. Los seguiré leyendo en clases y avanzaremos con las preguntas 6/7/8.
No olviden por favor SIEMPRE, citar las fuentes. Si ó sí. Es imprescindible. Pero por sobre todo, traten de leer y escribir después, como síntesis de todo lo que han investigado. Uno empieza a escribir cuando ya lo tiene esquematizado en la cabeza. Siempre ha cambios, idas, vueltas… pero no empiecen copiando cualquier cosa… la inspiración no llega sola. Aparece en el momento justo en que sienten que entendieron y que ahora solo queda volcarlo en el papel.
Los otros dos viernes, trabajaremos seguramente de esta forma:
Uno de lleno con lo que fue específicamente el FOFESO y el otro con la vertiente Judicial de todo este asunto. Así componemos todo el temario. Les pido encarecidamente que no falten, que vengan más despiertos, con dudas, con apuntes, con mate y bizcochitos.
Buen fin de semana !
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Estimados alumnos:
Por este medio les envío las notas del parcial. Son las siguientes:
SALGAR BERNATE 2 (DOS)
HERBST 6 + (SEIS +)
RIVEROS ORELLANO 8 (OCHO)
GUERRA DE LA CRUZ 5 (CINCO)
GRIFFITHS 7 (SIETE)
ABERASTURY 8 (OCHO)
GIMÉNEZ GRITTI 8 (OCHO)
DEU 9 (NUEVE)
SALMERI 7 (SIETE)
PRESUTTO 7+ (SIETE +)
El alumno Salgar Bernate deberá rendir recuperatorio el martes 23/10. Atentamente,
Dr. Javier Ayala
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Chicos, les dejo un resumen que Bele hizo de lo que trabajaron el viernes pasado (21/09):
El viernes revisamos los trabajos del caso Marbury y vimos cómo se pueden generar diferentes visiones de un mismo tema: un alumno aportó su visión del derecho y el sistema judicial «desde el derecho», y otros explicaron como ven el derecho «desde afuera», cuando no se pertenece al sistema analizado. Entonces, leímos a Bourdieu «La Fuerza del Derecho», que recupera la idea del uso del sistema judicial como herramienta para el ejercicio de la dominación de sectores determinados. Para Bourdieu es ilusorio hablar de autonomía del derecho en relación a las presiones externas, porque el derecho reproduce un estado de relación de fuerzas, y como resultante, termina avalando “las conquistas de los dominadores, que quedan convertidas de esa forma en acervo reconocido». A su vez, seguimos con el análisis del lenguaje jurídico y su capacidad de exclusión de otros lenguajes, o, mejor dicho, de otros discursos, que terminan siendo anulados; el lenguaje jurídico “impregna todas sus manifestaciones de una retórica de impersonalidad y neutralidad”. Luego, seguimos con control de constitucionalidad y sus variables. Cómo es en nuestro país, quiénes pueden acceder, cuáles son sus efectos, sus vías, y qué sucede en otros países. Ya tienen la lectura (quedé en aclararles las páginas correspondientes a Bidart Campos, German J. – Manual de la Constitución Reformada – Tomo 1: PÁGINAS 66 A 108) ; no se atrasen, finalícenla para el próximo viernes, que seguiremos y lo aplicaremos al trabajo integrador.
Por otro lado, estas son las consignas para el TP Integral para los días Viernes:
El objetivo del TP es explicar todas las aristas que se derivan de la aplicación del DNU 756/18 (14/08/2018) que elimina el FOFESO (creado a través del DNU 206/09).
Dichas artistas tienen incidencia en diferentes temas a trabajar en el curso, pero también otros que no guardan relación directa. No obstante resulta necesario abordarlos a todos ellos de manera integral a los fines de comprender el funcionamiento del Sistema Político en su conjunto. Tanto en lo que concierne a los reglamentos y mecanismos formales de institucionalización del conflicto, como así también lo actores involucrados y los canales informales (no por eso menos importantes) de negociación y presión, en cuanto a los fines perseguidos por las partes contendientes.
Los elementos de lectura son:
Todo el material bibliográfico que está a disposición en el wordpress de la comisión.
Además, los siguientes artículos periodísticos (son algunos a modo de ejemplo)
Preguntas referidas a temas de deben conocer para poder contar con las herramientas necesarias para desarrollar el trabajo:
1.- Concepto Histórico de la de Constitución. El Pacto Federal y la Unión de Provincias
2.- Componentes históricos: ¿Cuáles fueron las principales provincias (y sus respectivos caudillos), que posibilitaron la unión? ¿Qué papel cumplió la Pcia. de Buenos Aires en este proceso? ¿Cómo explicar el conflicto Unitarios / Federales? ¿Qué impacto tiene el puerto en la fisonomía de las instituciones y la geografía/arquitectura del territorio nacional?
3.- Coparticipación: ¿Cómo se distribuyen los recursos entre el Estado Nacional y las Provincias? Explicar la historia de la Coparticipación.
4.- ¿Qué regula la CN en cuanto a la Coparticipación y cuáles son las leyes vigentes en la materia?
5.- ¿Cómo funcionó el régimen de distribución impositiva entre el período 2003/2015? ¿Cuáles son los elementos característicos del período?
6.- ¿Qué pasó en la provincias desde el 2016 en adelante en relación al reparto y en relación al endeudamiento? (Buscar la tapa del diario La Nación posterior al día de la sanción de la ley que posibilitó el pago a los fondos Buitre. ¿Por qué el DNU 756/18 afirma que cambió la distribución? Esto guarda relación con los fallos de la CSJN del 23/11/2015 y la devolución general del 15% retenido por el reparto de la seguridad social desde su privatización.
7.- ¿Cómo explicar la relación entre REPARTO, SENADORES/DIPUTADOS, PRESIDENCIA, GOBERNADORES PROVINCIALES? ¿Por qué desde presidencia se condiciona a las provincias?
8.- ¿Entiende la importancia del puerto en el diseño institucional de la formación del Estado Argentino? Explicar la redacción de los incisos uno y dos del Art. 75 CN.
9.- ¿Qué decir del modelo extractivista agro exportador que se consolida en el diseño?
10.- ¿Qué incorporó como novedad el DNU 206/09?
11.- Si tuviese que transpolar el conflicto Unitarios / Federales (populares) al presente: ¿adónde ubicaría a la actual administración? ¿Y a la anterior? ¿Por qué? ¿Encuentra elementos empíricos en los fundamentos de uno y otro decreto? ¿Y qué otros elementos empíricos puede aportar?
A partir de aquí es necesario conocer los siguientes temas: Supremacía / Control / Poder Judicial / Competencias Federales / Competencias Originarias de la CSJN. El material siempre está en el wordpress.
12.- ¿Con qué elementos de mayor jerarquía (en el rango de normas) cuentan gobernadores / intendentes para oponerse al Dcto. 756/18?
13.- ¿Conoce demandas planteadas por alguna provincia y/o municipio en virtud de este asunto? Puede tomar de aquí elementos para la pregunta anterior.
14.- ¿Ante quién se presenta el planteo de Control de Constitucionalidad para terminar con el Dcto. 756/18? ¿Justicia Federal ó Justicia Provincial? ¿En qué instancia? ¿Ante el Juez de primera instancia ó ante la Corte? ¿Por qué?
15.- ¿Cómo cree que pueden decidir los organismos judiciales?
17.- ¿Qué pasó con las resoluciones de la CSJN del 23/11/2015 en cuanto a los efectos y el comportamiento de las autoridades de aplicación?
18.- ¿Qué críticas evalúa se pueden realizar al actual diseño de Control de constitucionalidad y resolución de controversias entre organismos de poder institucionalizado?
En cuanto a los mecanismos informales (y no tanto):
19.- ¿Pueden las provincias rechazar ellas directamente el DNU? Si / No – Por qué.
20.- ¿Qué estrategias deberían encarar a partir de sus legisladores en las Cámaras?
21.- ¿Quién tiene la última palabra en la resolución de este conflicto?
– Municipios – Intendentes
– Provincias – gobernadores
– Poder Judicial
– Poder Ejecutivo
– Otros actores políticos nacionales / internacionales
¿Por qué? ¿Qué opciones le quedan al resto?
22.- Foucault dice que “la política [y sus instituciones con la Constitución a la cabeza] es la continuación de la guerra por otros medios”. ¿Coincide? ¿Nos retrotrae este conflicto nuevamente a 1829-1831 (conflicto fundacional)?
En este link pueden descargar y ver un video en donde se explica el TP (es para otra facultad, pero lo van a saber entender)
Chicos, en esta entrada encontrarán el material para la cursada y cualquier otro texto o información que surja en el transcurso del cuatrimestre que compartiremos juntos.
Control, Concentración, Crisis y Cambio, Cuatro “C” para dos “K” en el Congreso, de Mark P Jones y Juan Pablo Micozzi , en La Política en los tiempos de Kirchner pp. 697 – 704
Juicio a la corte (libro de autoría de Ezequiel Singman). Sirve como marco teórico a una conceptión distinta (e incluso crítica) al Constitucionalismo Clásico. Y además contiene una aproximación a la historia de la CSJN.
Y aquí, imágenes de los diarios al momento de su modificación en 2014, cuando la entonces presidenta Cirstina F. de Kirchner la impulsaba a través de sus ministros y las corporaciones resistían. Y los medios, como de costumbre, mal informaban.
Además de participar temas como la propiedad, la limitación a la misma, la libertad de contratar y los temas de control de constitucionalidad y sus efectos/funcionamiento, aparece otro apéndice: resulta que ahora, según el diario, para aplicar una ley es necesario reglamentarla. Es decir, pasa de ser una potestad del presidente a una obligación para hacer efectivo el cumplimiento de la misma. Estaba todo desquiciado en aquella época. Y ahora también.
Material para los días Martes a cargo del Prof. Javier Ayala
TEMARIO TEORÍA Y DERECHO CONSTITUCIONAL (PROF. AYALA)
ORGANIZACIÓN DEL PODER EN LA ARGENTINA. DIVISIÓN DE PODERES. CONTROLES HORIZONTALES Y VERTICALES. ÓRGANOS EXTRAPODERES. CARACTERÍSTICAS DE LA FORMA REPUBLICANA DE GOBIERNO
PODER LEGISLATIVO. BICAMERALISMO. DIPUTADOS Y SENADORES: REQUISITOS PARA ACCEDER AL CARGO, FORMA DE ELECCIÓN, DURACIÓN, REELECCIÓN E INCOMPATIBILIDADES. PRIVILEGIOS E INMUNIDADES PARLAMENTARIAS: COLECTIVAS E INDIVIDUALES. LA ORGANIZACIÓN DEL CONGRESO: AUTORIDADES, BLOQUES Y COMISIONES. EL TRABAJO PARLAMENTARIO.
EL PODER LEGISLATIVO: PROCESO DE FORMACIÓN Y SANCIÓN DE LAS LEYES. INCIATIVA. PROCESO DE SANCIÓN. REENVÍO. SANCIÓN. PROMULGACIÓN. VETO Y PROMULGACIÓN PARCIAL.
ATRIBUCIONES DEL CONGRESO: INICIATIVA DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL, DE CONTROL Y NORMATIVAS. JUICIO POLÍTICO.
PODER EJECUTIVO. CARACTERÍSTICAS DEL PRESIDENCIALISMO ARGENTINO. REQUISITOS PARA SER PRESIDENTE, DURACIÓN, REELECCIÓN. INCOMPATIBILIDADES. ELECCIÓN PRESIDENCIAL. ACEFALÍA.
ATRIBUCIONES DEL PODER EJECUTIVO. JEFATURAS PRESIDENCIALES. EL PODER REGLAMENTARIO: DECRETOS REGLAMENTARIOS, DE NECESIDAD Y URGENCIA, DELEGADOS Y AUTÓNOMOS. NOMBRAMIENTOS. INDULTO.
JEFE DE GABINETE DE MINISTROS: NOMBRAMIENTO. REMOCIÓN, ATRIBUCIONES.
PODER JUDICIAL. ORGANIZACIÓN DE LA JUSTICIA EN LA ARGENTINA. GARANTÍAS DE INDEPENDENCIA DEL PODER JUDICIAL. LA CORTE SUPREMA. TRIBUNALES INFERIORES. EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Y EL JURADO DE ENJUICIAMIENTO: REGULACIÓN CONSTITUCIONAL Y LEGAL.
ATRIBUCIONES DEL PODER JUDICIAL. LA COMPETENCIA FEDERAL. COMPETENCIA ORIGINARIA Y APELADA DE LA CORTE SUPREMA. EL RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL. GRAVEDAD INSTITUCIONAL, CERTIORARI. PER SALTUM.
MINISTERIO PÚBLICO: REGULACIÓN CONSTITUCIONAL Y LEGAL.
LAS FORMAS DE ESTADO. EL ESTADO FEDERAL ARGENTINO. RELACIONES JURÍDICAS EN UN ESTADO FEDERAL. ATRIBUCIONES DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS. LA COPARTICIPACIÓN. AUTONOMÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
El poder legislativo, Gentile (de todos modos, este cuatrimestre este tema lo va a dictar la Prof. Mercedes Piscitello, pero el material es muy bueno).
Clasificación de los derechos: enumerados y no enumerados; de fuente interna y de fuente internacional; de primera, segunda y tercera generación.
Principio de relatividad de los derechos: concepto.
Principios de legalidad y razonabilidad: concepto.
¿A qué se llama poder de policía?
Haga una lista de derechos enumerados en la Constitución Nacional a partir de la lectura de los artículos: 14, 14 bis, 16, 17, 18, 20, 36,37,38,39, 40, 41 y 42 de la Constitución Nacional.
Indique el alcance y contenido del derecho de propiedad, artículos 14 y 17 Constitución Nacional.
Indique el alcance y contenido de los derechos del trabajador, de los gremios y de la seguridad social enumerados en el artículo 14 bis.
Indique el alcance y contenido del derecho a un medio ambiente sano consagrado en el artículo 41 de la Constitución Nacional.
Defina brevemente el concepto y la finalidad de las siguientes garantías: amparo, hábeas corpus y hábeas data. Distinga clases de amparo y clases de hábeas corpus.